Mucha expectativa hay en torno a lo que sucederá el 7 de diciembre. Versiones están circulando que dan cuenta de un plan del kirchnerismo para realizar una intervención por la fuerza contra el grupo Clarín y no hay aún resolución judicial que defina la cuestión.
Si repasamos el accionar kirchnerista, ya encontramos ejemplos en el pasado de intervenciones forzosas sin orden judicial, como los casos YPF o Ciccone.
Sin embargo en este caso, un acto de fuerza contra un medio de comunicación sin sentencia judicial definitiva que lo avale reviste una gravedad institucional tal, que importa lisa y llanamente un golpe de Estado.
Veamos porque:
La libertad de prensa esta consagrada en el art. 14 de la Constitución Nacional, que permite a cualquier persona publicar sus ideas sin censura. Asimismo, también esta consagrada en el art. 32, que si bien se refiere a imprenta, debe entenderse prensa en general (ya que al momento de sancionarse la Constitución Nacional era la imprenta el único medio masivo de comunicación).
Asimismo, la libertad de expresión esta consagrada en tratados internacionales como el Pacto San José de Costa Rica y la Declaración. Univ. de los DDHH, los cuales tienen rango constitucional.
De esta forma, cualquier medio de comunicación es esencial en una democracia, puesto que es a través de ellos que se realiza ese derecho. En tal sentido, la propia Carta Democrática Interamericana de la OEA (organismo al que pertenece Argentina), señala que la libertad de expresión y prensa es un componente fundamental del ejercicio de la democracia. Y en sus fallos, la Corte Interamericana de Justicia, ha señalado que la libertad de expresión es la "piedra angular de la democracia". Así, atentar contra la prensa es atentar contra la democracia misma.
Por otra parte, el sistema republicano constitucional requiere que para ejecutar un acto de fuerza es necesaria una orden judicial que lo avale, ya que solo el poder judicial puede, en el caso concreto, disponer medidas de ejecución forzada.
Entonces, una medida de ejecución forzada por parte del Poder Ejecutivo sin sentencia judicial, es contraria a la Constitución.
En el caso de un medio de comunicación, al estar el derecho de libertad de expresión comprometido, la situación se vuelve mucho más seria por ser una garantía constitucional y un pilar de la democracia.
Solo un juez competente, en uso legítimo de sus facultades, y mediante una sentencia que resulte definitiva, puede ordenar una medida de semejante envergadura.
Así, un acto de violencia institucional contra un medio sin sentencia judicial, rompe el orden institucional y el sistema democrático, siendo por ello, un golpe de estado.
El quiebre del orden constitucional es algo que los argentinos hemos padecido en el pasado y a un costo demasiado alto, mas la lección fue aprendida y no debe permitirse jamás tal situación, provenga de quien provenga.
Un acto gravísimo como este, implica la aplicación inmediata del art. 36 de la propia Constitución Nacional, que dispone la vigencia de nuestra Carta Magna pese a cualquier intento de atropello, declara absolutamente nulo el acto golpista en cuestión y permite a la ciudadanía iniciar un proceso de resistencia civil.
Desde aquí, solo esperamos que sea pacífica, puesto que la historia ha demostrado que la paz, puede tambien vencer a la injusticia.
Pero no hay duda alguna: somos los ciudadanos mismos la última defensa que tiene la Constitución Nacional.
(*) Por mi amigo El Cipayo. Demás esta decir que no soy yo.
genial, quisiera ver que pasa si a grupo clarin se le ocurre llevar esto al analisis de la comision interamericana, y peor, si llega a la corte; mi humilde opinion es que gana por goleada, esto es un atropello a la libertad de expresion que todos los argentino tenemos, y despues la presidente sale a decir que esto se realiza para sostener la democracia, dan ganas de reir o llorar, cuando abrimos los ojos y vemos que no es mas que un arma para controlarnos aun mas, que se vaya con chavez y que no nos joda y robe mas!
ResponderEliminar